Directiva (UE) 2024/1275 relativa a la Eficiencia Energética de los Edificios (EPBD).
La Directiva (UE) 2024/1275, conocida como la nueva Directiva de Eficiencia Energética de los Edificios (EPBD), es el eje central de la estrategia de la Unión Europea para descarbonizar el parque inmobiliario de aquí a 2050. Dado que los edificios son responsables de aproximadamente el 40% del consumo de energía y el 36% de las emisiones de gases de efecto invernadero en la UE, este texto redefine por completo las exigencias de construcción, reforma e instalaciones técnicas.

A continuación, se detalla un resumen amplio de sus principales pilares, excluyendo el ámbito térmico de las calderas de combustión
El Nuevo Estándar: Edificios de Emisiones Cero (ZEB)
La directiva sustituye el antiguo concepto de «edificios de consumo de energía casi nulo» por el de Edificios de Emisiones Cero (Zero-Emission Buildings – ZEB).
- Plazos estrictos: Todos los edificios nuevos construidos a partir del 1 de enero de 2030 deberán ser ZEB. Para los edificios nuevos que sean propiedad de autoridades públicas o estén ocupados por ellas, el plazo se adelanta al 1 de enero de 2028.
- Definición de ZEB: Un edificio ZEB es aquel que requiere una cantidad de energía muy baja o nula, donde la poca energía necesaria debe proceder íntegramente de fuentes renovables (generada in situ, a nivel local o mediante redes de distrito eficientes).
- Potencial de Calentamiento Global (PCG): Para los edificios nuevos de más de 1.000 metros cuadrados, se obliga a calcular y publicar su PCG a lo largo de todo su ciclo de vida (desde la fabricación de los materiales hasta su demolición), promoviendo el uso de materiales sostenibles y circulares.
- Normas Mínimas de Eficiencia Energética (MEPS) y Calendario de Reformas
Para mitigar el problema de los edificios existentes menos eficientes, la directiva introduce obligaciones de renovación progresiva basadas en las clases de eficiencia energética (de la A a la G):
- Edificios no residenciales: Los Estados miembros deben garantizar que el 16% de los edificios con peor rendimiento se renueven para 2030, y el 26% para 2033, elevando de forma obligatoria su certificación.
- Edificios residenciales: En lugar de obligaciones individuales por vivienda, los países deben asegurar que el consumo medio de energía primaria de todo el parque residencial disminuya al menos un 16% para 2030 y entre un 20% y un 22% para 2035. El 55% de esta reducción debe lograrse renovando los edificios con peor eficiencia.
- Impulso Obligatorio a la Energía Solar (El «Mandato Solar»)
La normativa impone el despliegue progresivo de instalaciones de energía solar (fotovoltaica y térmica) en las cubiertas de los edificios, siempre que sea técnica y económicamente viable:
- Edificios públicos y no residenciales nuevos: Obligatorio de forma inmediata según los plazos de construcción.
- Edificios públicos y no residenciales existentes: Instalación obligatoria progresiva si tienen una superficie útil superior a 250 metros cuadrados.
- Edificios residenciales nuevos: Obligatorio a partir de 2030.
- Infraestructura de Movilidad Eléctrica (Instalaciones Eléctricas)
La EPBD da un impulso sin precedentes al vehículo eléctrico mediante la adecuación de los aparcamientos en los edificios:
- Edificios residenciales nuevos o con reformas importantes: Si tienen más de tres plazas de aparcamiento, se debe instalar el precableado (canalizaciones listas para cables eléctricos) en el 100% de las plazas para facilitar la colocación posterior de puntos de recarga.
- Edificios no residenciales: Se exige la instalación de al menos un punto de recarga por cada cinco plazas de aparcamiento, además de precablear al menos el 50% de las plazas.
- Recarga inteligente y bidireccional: Los puntos de recarga que se instalen obligatoriamente deberán ser compatibles con la carga inteligente y, cuando proceda, con la carga bidireccional (V2G, devolver energía del coche a la red o al edificio).
- Plazas para bicicletas: Se introducen requisitos mínimos de espacio de estacionamiento seguro para bicicletas, fomentando la micromovilidad eléctrica y convencional.
- Automatización, Iluminación y Tecnologías Inteligentes
La directiva prioriza la digitalización de los edificios para optimizar el consumo en tiempo real:
- Sistemas de Automatización y Control (BACS): Los edificios no residenciales con sistemas de climatización o ventilación de gran potencia (más de 290 kW) deben estar equipados de forma obligatoria con sistemas BACS para monitorizar, registrar y analizar el consumo continuamente. Este límite de potencia se reducirá a 70 kW para el año 2030.
- Iluminación inteligente: Se endurecen los requisitos de eficiencia en sistemas de iluminación, exigiendo tecnologías de regulación automática según la luz natural y detectores de presencia en zonas comunes.
- Indicador de Aptitud para Aplicaciones Inteligentes (SRI): Se promueve este indicador voluntario para evaluar la capacidad de un edificio para adaptar su funcionamiento a las necesidades de los ocupantes y de la red eléctrica (gestión de la demanda).
- Pasaporte de Renovación y Financiación
- Pasaporte de Renovación de Edificios: Se introduce un documento oficial estructurado que los propietarios pueden solicitar. Funciona como una hoja de ruta personalizada a largo plazo, detallando paso a paso las reformas que necesita un edificio específico para alcanzar las emisiones cero.
- Garantías de financiación: Los países de la UE deben crear «ventanillas únicas» que asesoren a los ciudadanos y canalicen fondos públicos y privados prioritariamente hacia las renovaciones profundas y hacia los hogares en situación de vulnerabilidad o pobreza energética.



